000 03115nam a22002537a 4500
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007 ta
008 250114s2015 ve |||||sm|| 00| 0 spa d
040 _avecauma
_cvecauma
_dvecauma
099 _fTEG
_aEDPC8
_c2015
100 1 _912311
_aMaytin Soto, Zurima Josefina
245 1 3 _aEl "hábeas data" como garantía procesal del derecho de la personalidad en casos de transexualidad
_h[Recurso electrónico] /
_cZurima Josefina Maytin Soto ; Sacha Rohán Cabrera Fernández [tutor]
260 _cabril 2015
300 _a74 h.
502 _aTrabajo de grado
_b(Especialista en Derecho Procesal Constitucional). --
_cUniversidad Monteávila,
_eCaracas,
_d2015.
520 _aEl propósito de esta investigación fue demostrar si mediante la acción de hábeas data, podía constituir la solución procesal para asegurar la tutela judicial efectiva en casos de transexualidad, específicamente, la protección del derecho a la identidad sexual como parte del libre desenvolvimiento de la personalidad consagrada en el artículo 22 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en el cual se evidencia expresamente el carácter enunciativo de los derechos humanos, es decir, reconocidos como una cláusula abierta,“…La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos…”, de modo que la existencia jurídica de los derechos de la persona como lo expresa Domínguez. (2002), no puede supeditarse al estricto texto de la ley; una visión netamente positivista en la que se pretenda que lo que no se encuentra en el texto legal no existe en el derecho, redundaría en absurdos desde el punto de vista de la protección de la persona. Ahora bien, respecto al derecho a la identidad nuestra Carta Magna tampoco hace mención expresa, sin embargo consagra una herramienta importante a los efectos de la protección del mismo, en este caso, viene a ser el hábeas data relacionado con el derecho a la autodeterminación informativa, en virtud de ésta, toda persona puede acceder a la información existente sobre sí misma, a fin de constatar su uso y solicitar cualquier rectificación, en dicha solicitud se ve involucrado como tal el derecho a la identidad, dado a que el control sobre la información se relaciona más bien con el derecho a la autodeterminación informativa. Finalmente, producto de dicha investigación se determinó que el hábeas data podría constituir una opción procesal viable para que la persona transexual -el caso en estudio- pueda hacer valer su derecho requerido (modificación, incorporación y actualización de datos), como una acción procesal constitucional especialísima.
650 0 _aPROTECCION DE DATOS
_912309
_xDERECHO Y LEGISLACION
_zVENEZUELA
650 0 _aDERECHOS HUMANOS
_zVENEZUELA
_94176
650 0 _aIDENTIDAD SEXUAL
_zVENEZUELA
_9154
700 1 _912310
_aCabrera Fernández, Sacha Rohán
_etutor
856 4 0 _uhttp://repositoriodigital.uma.edu.ve:8080/jspui/handle/123456789/1151
_zPara ver el documento presione aquí
942 _cTESIS
_2lcc
999 _c11209
_d11209