000 | 03017nam a22002417a 4500 | ||
---|---|---|---|
005 | 20250123205050.0 | ||
007 | ta | ||
008 | 250123s2021 ve |||||sm|| 00| 0 spa d | ||
040 |
_avecauma _cvecauma _dvecauma |
||
099 |
_fTEG _aEDPC2 _c2021 |
||
100 | 1 |
_912399 _aRio Barrios, Francisco Javier |
|
245 | 1 | 3 |
_aLa prueba en el proceso de amparo constitucional con especial referencia al poder oficioso del juez _h[Recurso electrónico] / _cFrancisco Javier Rio Barrios ; María Elena Toro [tutor] |
260 | _cjulio 2021 | ||
300 | _a172 h. | ||
502 |
_aTrabajo de grado _b(Especialista en Derecho Procesal Constitucional). -- _cUniversidad Monteávila, _eCaracas, _d2021. |
||
520 | _aLa presente investigación se abocó al análisis del poder oficioso del juez sobre la prueba en el procedimiento de amparo constitucional, siendo que se efectuó una revisión exhaustiva del procedimiento de amparo constitucional articulado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a través de sus sentencias normativas y la adaptación de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales (1988), a los principios de oralidad, inmediación y publicidad, verificándose que con la excusa de efectuar tal ajuste, la Sala Constitucional se extralimitó en las facultades del juez, ya que desde el inicio de la acción de amparo y aún antes de las admisión de la demanda, le es permitido ordenar práctica de pruebas, a favor del agraviado, a través del despacho saneador, a espalda de la parte demandada, y por ende en violación al debido proceso. Asimismo, se revisó el alcance de esa facultad en cuanto a la selectividad de la prueba, siendo posible que el juzgador decida desde la demanda de amparo, establecer cuales pruebas son admisibles y cuáles no. De igual manera, se realiza una comparación con las facultades oficiosas del juez en los procedimientos en materia penal, contenciosa administrativa y laboral, observando que aun cuando en esos procesos, hay ciertas facultades oficiosas probatorias, todas están circunscritas al desarrollo del proceso como tal y tienen un carácter excepcional muy marcado. También, se abordó, de manera comparativa, las facultades oficiosas del juez constitucional en los otros procedimientos constitucionales, previstos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (2010), observando que, en estos, las atribuciones probatorias, están delimitadas a que sea trabada la Litis, lo que las ubica en el ínterin del desarrollo del proceso y no desde su inicio. Esta Investigación utilizó una metodología teórico documental, en la que se revisó el estado del arte en la ley, la jurisprudencia y la doctrina. | ||
650 | 0 |
_aRECURSO DE AMPARO _zVENEZUELA _94268 |
|
650 | 0 |
_aJUECES _93609 _zVENEZUELA |
|
700 | 1 |
_99043 _aToro, María Elena _etutor |
|
856 | 4 | 0 |
_uhttp://repositoriodigital.uma.edu.ve:8080/jspui/handle/123456789/1175 _zPara ver el documento presione aquí |
942 |
_cTESIS _2lcc |
||
999 |
_c11281 _d11281 |